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miércoles, 11 de julio de 2012

TRULY VS. TROLLI ::: UNAS GOMITAS DURAS DE TRATAR


El mercado nacional de golosinas crece a diario, sea con propuestas de marcas locales o con la importación de nuevos productos que son la delicia de niños especialmente.

Esta categoría de producto muchas veces parece olvidada dentro de los repetidos "chismes" de marketing que rondan en los periódicos, por eso para algunos, se trata de categorías de productos complementarias en las compañías para mercados especiales. Colombina, Aldor, Nutresa entre otros pueden dar fe que no es así, que se trata de una categoría en constante crecimiento, con expectativas muy altas y con un público cautivo que nunca desaparecerá (eso sí, se renueva cada 10 años con los cambios generacionales, pero a diario, entran nuevos niños en su dulce mundo).


Pero como todo no puede ser dulce, de vez en cuando hay momentos "agridulces" como el que vive la compañía Aldor con su marca de gomitas Truly, recientemente lanzada al mercado de las golosinas para atender al público infantil principalmente. Al parecer, una subcategoría que parecía "suave" resultó dura de penetrar.


El problema inició cuando su competidor nacional Procaps solicitó a la SIC que recibiera con cautela el lanzamiento de la marca, ya que el nombre y los distintivos gráficos de la marca eran muy similares a los utilizados por ellos en sus gomitas llamadas Trolli (reconocidas mundialmente). Esto implica que la marca Truly debe salir del mercado y con ella todo elemento que haga referencia (como empaques, publicidad, productos, etc).


Parte del incidente se debe a que la SIC no permite registros de denominaciones que puedan generar confusiones que beneficien a una marca por encima de otra, producto de esa confusión (que el consumidor compre Truly en lugar de Trolli porque cree que son lo mismo). Es tal el incidente que incluso se acusó a Aldor de competencia desleal, un vicio que podría perjudicar con fuerza a la marca demandada.


Como vimos anteriormente, una marca debe tener en cuenta ciertos parámetros para su registro, siendo el principal la diferenciación. Si una marca decide lanzar al mercado un producto con un nombre similar a otro y éste además está en la misma categoría, el rechazo será inmediato por parte de la SIC y la comunidad comercial.

Algunas compañías lo ven como una amenaza al desarrollo comercial, pero si se analiza el tema con lupa esta regulación busca proteger tanto a compañías comerciales como al consumidor; a las compañías porque a futuro evitará que el mercado (y sus consumidores) la tachen de desleal y ventajosa generando indisposición hacia la marca y al consumidor para que éste no se sienta engañado comprando un producto que pensaba que era otro.


Esperemos a ver como reaccionará Aldor a esta disposición que tiene 10 días hábiles para ser demandada oficialmente por Procaps, de lo contrario, se elimina la cautela y la marca puede volver al mercado. Sin embargo, no es la primera vez que Procaps demanda a una compañía por problemas con sus gomas, en el mes de marzo de este mismo año, la compañía demandó a su anterior socio importador  Mederer, Trolli Ibérica y Global Candy por un caso similar, en el cual salió derrotada la marca en cuestión (Puedes leer todo el caso AQUÍ!)

*Imágenes cortesía de La República

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